lunes, 16 de mayo de 2011

En desacuerdo el PAN con sentencia del TRIFE que exonera a Peña Nieto

En desacuerdo PAN con TEPJF por resolución de spots del gobernador mexiquense

05 - Mayo - 2011
Por Comité Ejecutivo Nacional

El Partido Acción Nacional califica de absurdo el proyecto de sentencia que presentó la Magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, María del Carmen Alanis, mismo que fue respaldado con 4 votos a favor y 3 en contra, con el que exonera de responsabilidad al gobernador del Estado de México, Enrique Peña Nieto, por la difusión a nivel nacional de spots en televisión de su Quinto Informe de Gobierno.

A pesar que el PAN pidió su excusa por haberse reunido fuera de las instalaciones oficiales con operadores priistas antes de resolverlo, María del Carmen Alanis, la magistrada ponente del caso, propuso en su proyecto de sentencia revocar la resolución del Consejo General del IFE, en el cual se había determinado la violación de la Constitución y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) por parte del priista.

En su proyecto aprobado, en mayoría por el TEPJF, Alanis planteó además ordenar al IFE que sancione a las televisoras que difundieron los spots a nivel nacional, en vez de sancionar al gobernador mexiquense, quien fue el que los contrató.

Es aberrante constatar que en el expediente quedó acreditado que “ni el Gobernador ni el Coordinador de Comunicación Social son responsables de la difusión de los promocionales de su Informe de Gobierno fuera del Edomex”.

Alanis apuntó durante su exposición ante el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: "Esto ocurrió, por así decidirlo, unilateralmente los concesionarios”.

Según la magistrada, del análisis de los contratos que se encuentran en el expediente del caso se desprende que se pactó que la difusión de los spots ocurriera en canales con cobertura en el Estado de México.

Los contratos firmados por el Coordinador de Comunicación Social del Gobierno del Estado amparan la difusión de información de esa entidad y sólo en esa entidad entre el 29 de agosto y el 10 de septiembre de 2010.

Sin embargo, durante ese tiempo los spots se pautaron en programas con cobertura nacional sin que alguna de las partes se hubiera percatado del error, además que se incumplía con el contrato y la pauta de difusión de las campañas.

El proyecto de la Magistrada Alanis deduce que el error fue de las televisoras y exime de responsabilidad a los servidores públicos involucrados.

La sentencia propone sancionar a las televisoras por haber violado el Artículo 228, párrafo 5 del Cofipe, por haber transmitido los promocionales del Estado de México fuera de esa entidad.

El PAN sostiene que si en el expediente se acredita que hubo violación y se responsabiliza a las televisoras a nivel nacional, no se puede omitir la corresponsabilidad de los servidores públicos implicados.

El pasado 30 de marzo, el presidente nacional del Partido Acción Nacional, Gustavo Madero Muñoz, exigió la excusa de la magistrada Alanis para participar en este juicio, debido a la publicación en un medio sobre una reunión privada que la funcionaria sostuvo en su domicilio particular con actores identificados con el PRI.

Sin duda los actos cometidos por funcionarios del TEPFJ provocan desánimo, desconfianza e incertidumbre y dependencia a la hora de emitir sus resoluciones.

Los mexicanos no merecen tener este tipo de funcionarios públicos que aprovechan su tarea jurisdiccional para tejer redes de poder y corrupción.

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